este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoara CONSULTORÍA EMPRESARIAL CORPORATIVA CEC, C.A., contra las sociedades mercantiles EC HOLDING, SOCIEDAD ANÓNIMA E INVERSIONES MFFF, C.A., ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA medida de prohibición de enajenar y gravar sobre los bienes inmuebles supra identificados y EMBARGO PROVISIONAL sobre bienes propiedad de la parte demandada.