Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley DECLARA:
PRIMERO: se REPONE la presente causa al estado de Admisión de la demanda por RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, intentado por el Ciudadano PABLO ERNESTO LANDA BARRIOS, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-11.052.349.
SEGUNDO: como consecuencia, se REVOCA auto de admisión dictado por este tribunal en fecha 28 de junio del 2024 (folio 23), así como el oficio dirigido al Ministerio Publico Especial para la Protección del niño, niña y adolescente, Civil e Instituciones Familiares de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua (folio 25), de esa misma fecha.
A estos efectos, se declaran nulas de nulidad absoluta, todas las actuaciones a partir del folio 23 y 25 inclusive, del presente expediente. .....