D I S P O S I T I V A
En mérito de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, declara: CONCEDE PERMISO EXTRAORDINARIO al penado MACARIO JOSÉ FARÍAS GONZÁLEZ, debidamente identificado en el presente asunto, para que se traslade hasta la ciudad de Carúpano del estado Sucre, a partir del día 10-11-2006 hasta el 13-11-2006, con la finalidad de registrar a su descendiente, de conformidad con lo consagrado en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo pautado en el artículo 48, ordinal 5° del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia certificada. Líbrese Oficio anexando copia certificada, a la ciudadana Directora del Centro de Tratamiento Comunitario "Migu.....