En virtud de los razonamientos antes esgrimidos y de conformidad con lo establecido en el artículo 12 y 506 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la demanda incoada por BANCO UNIVERSAL contra INVERSIONES BOXES AND BOXES, C.A y los ciudadanos RAMON HUMBERTO ROA Y FRANCISCO DIAZ,, en el juicio de Cobro de Bolívares (vía intimación), en consecuencia, la parte perdidosa deberá cancelar las siguientes cantidades a la parte gananciosa;