éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.) Concluida la audiencia preliminar y; 2.) Se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley procesal antes citada. Se agrega a la presente acta una (1) copia de los cheques antes recibido y se acuerdo devolver los elementos probatorios consignados por las partes al inicio de la audiencia preliminar, los cuales los reciben en este acto.