DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: el desistimiento del procedimiento, en el presente asunto incoado por el ciudadano WILMER ALFREDO PERALTA VILORIA, titular de la cédula de identidad No.9.668.949.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los treinta de noviembre de dos mil nueve. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZA
MARIA ELERIDA RUIZ
PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO
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