Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda interpuesta por GLORIA VIRGINIA GARCÍA DE MILLER contra CARLOS LUÍS BRACHO SÁNCHEZ por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO y condena a la parte a:
PRIMERO: Entregar el siguiente inmueble: una casa ubicada en el Callejón de Servicio con acceso a la Calle Niño Jesús, N° 02-B, del sector Niño Jesús, El Limón, Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: Con Callejón de Servicio, que es su frente, en Treinta y Tres Metros con Cincuenta Centímetros (33,50 mts); SUR: Con sucesión Gutiérrez, Línea Quebrada, en Treinta y Un Metros con Treinta Centímetros (31,30 mts); ESTE: Con Juan de Dordi, en Veintitrés Metros (23,00 mts) y OESTE: Con Orlando Garcí.....