este Tribunal considerando llenos los supuestos de hecho previstos en el artículo 512 eiusdem acuerda decretar Medida Cautelar Innominada de Retención sobre el salario del obligado para cubrir la manutención alimentaria a favor de sus hijos por un monto de doscientos bolívares (Bs.200,00) semanales, a partir de la semana del 28 de noviembre al 03 de diciembre del presente año, tomando como indicador para fijar dicho monto el salario mínimo, en virtud, de lo alegado por la actora en el acta de demanda que encabeza la presente solicitud, donde expresa que el demandado labora en la empresa Maderas El Roble C.A., ubicada en el tramo carretero que conduce Cúa ¿ Santa Bárbara, frente al Terminal de Cúa, cerca del Ferrocarril, Estado Miranda. Igualmente, se le ordena retener de las utilidades y bonificaciones de fin de año, la cantidad correspondiente al 25 % de las mismas para cubrir gastos extras relacionados con la época navideña en beneficio de sus hijos la cual se irán incrementando en e.....