Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR el Recurso de Regulación de Competencia ejercido por el ciudadano LUIS ALFREDO IDROGO, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Asdrúbal Ortiz Berroteran y como consecuencia de la presente decisión se declara COMPETENTE al JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARIPE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, para continuar conociendo de la presente causa con motivo de LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, incoado por el ciudadano LUIS ALFREDO IDROGO. Líbrese lo conducente.-