PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano EDUARDO ENRIQUE PADILLA REINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 12.570.810, contra la ciudadana NOHEMI MRIA GUEDEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-315.669, por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA