Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en contra del ciudadano WU LIHENG, natural de la Cantón, Republica de China, de 28 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: Parg Chun Chi (V) y de Wu Quo Wei (F), de profesión u oficio Comerciante, nacido en fecha 26-03-1982, Titular de la Cedula de Identidad N° E-82.292.653, domiciliado en: Avenida Principal La Floresta, "Supermercado Extra Wu", Maturín, Estado Monagas; por haber llegado a un Acuerdo Reparatorio con la victima en el presente caso ciudadano Francisco Infante, y ello haber producido en derecho la Extinción de la Acción Penal. SEGUNDO: Se ORDENA el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva que le fue impuesta en su oportunidad al precitado ciudadano. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 322 y 318 nu.....