En virtud de los razonamientos expuestos y con fundamento a lo establecido en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 630 ejusdem, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ha decidido:
Primero: Decretar Medida de Embargo Ejecutivo, sobre bienes de la parte demandada, sociedad mercantil Bodegón de Albertina, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 21 de junio de 2002, bajo el No. 65, Tomo A-7, siendo su última modificación en fecha 09 de mayo de 2005, bajo el No. 62, Tomo A-5 en su condición de deudora principal, y de la ciudadana Marialbert Trinidad Alcántara de Sousa, venezolana, mayor de edad y con cédula de identidad No. V-11.780.506, en su condición de fiadora solidaria y p.....