Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: INADMISIBLE la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 23 de abril de 2013, la cual ordenó la apertura de la tramitación de la incidencia de la prueba de cotejo propuesta por la parte demandada, en razón de la impugnación efectuada por la parte actora de la documental marcada "D", en consecuencia, se REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con sede en Maracay, en la audiencia de juicio celebrada en fecha 23 de abril de 2013, la cual ordeno la apertura de la tramitación de la incidencia de la prueba de cotejo prepuesta por la parte demandada en razón de la impugnación de la documental marcada "D", efectuada por la parte acto.....