V. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación que fuere intentado por abogado FELIX DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.053, apoderado judicial de la parte actora cciudadana MARYLYN BRITO, titular de la cédula de identidad Nº V-9.647.989, contra el auto dictado en fecha 12 de enero de 2018, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en consecuencia;
SEGUNDO: SE MODIFICA el auto de fecha 12 de enero de 2018, cursante a los folios 44 al 48; sólo en lo que respecta a la negativa de admisión de la prueba de experticia HEREDOBIOLÓGICA-HEMATOLÓ.....