este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación ejercida por la parte demandada CORPOLEC, contra la decisión en fecha 03 de Octubre de 2018, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ZULEIMA AYALA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.665.824, contra de la entidad de trabajo CORPORACION ELECTRICA NACIONAL, S.A (CORPOLEC), en los términos establecidos en la motiva del presente fallo. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas. CUARTO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de conformidad con lo establ.....