Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE la medida preventiva de secuestro solicitada por la parte demandante y en tal sentido se ordena:
1.1.- COMISIONAR al Juzgado Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, a objeto de ejecutar la medida de secuestro sobre el bien constituido por el vehículo automotor identificado con las siguientes características "(...) Marca: CHEVROLET, Modelo: CHASSIS CAB, Año: 2005, Tipo: CHASIS, Serial de Motor: 45V354644, Serial de Carrocería: 8ZCKN34L45V354644, Placa: 08MCAC, Color; BLANCO, Clase: CAMION, Uso: CARGA; Peso: 7.500 KG, Fecha de Emisión: 14/10/2005; Capacidad: 4.690 KG, incluyendo tranca palanca, plataforma y aire acondicionado.(...)"
1.2.- OFICIAR al Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, así como al .....