Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: NESTOR ANTONIO MOLINA RAMIREZ Y JOAN ALFONZO DE MOLINA mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad V-10.362.962 y V-13.241.939, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal, que contrajeron, en fecha 22 de Febrero de 2006, según se evidencia de la Certificación del Acta de Matrimonio expedida por ante REGISTRO CIVIL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DEL ESTADO ARAGUA, la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 37, folios 119, 110,111, libro 01 del año 2006 en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por dicho despacho.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la S.....