En virtud de las circunstancias expuestas, esta JUEZA UNIPERSONAL N° 01 DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud. En consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del niño RODRIGO ALBERTO COLOMINE ORIBIO, en los libros del Registro Civil de Nacimientos del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, a los fines de que procedan a la RECTIFICACIÓN ordenada, en el sentido de que donde aparece indicado el primer apellido del padre del prenombrado niño, como "COLOMINO", debe aparecer "COLOMINE", que es como verdaderamente corresponde, a cuyo efecto se ordena expedir copia certificada de la presente decisión.- Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo conducente.-Publíquese y Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Nº 1 del Tribunal de.....