En atención a todas y cada una de las argumentaciones que preceden; esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto, por el ciudadano Abogado EDWIN ROJAS FUENTES, en su condición de apoderado judicial, del ciudadano FREDY GEOVANI CAMERO GARCIA, todo de conformidad con lo establecido en el artículos 432 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ADMITE el recurso de apelación presentado en fecha primero (01) de agosto de dos mil veintitrés (2023), por el ciudadano Abogado EDWIN ROJAS FUENTES, en su condición de apoderado judicial, del ciudadano FREDY GEOVANI CAMERO GARCIA, contra la decisión dictada por el Tribunal Decimo (10°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal, dictada y publicada en fe.....