Por los razonamientos antes expuestos, conforme a lo establecido en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de los ciudadanos y ciudadanas de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO y en consecuencia, de acuerdo a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, ordena al Director del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, y al Registrador Principal del mismo Estado, hacer la debida Inserción de Acta de Nacimiento del ciudadano ALBERTO JAVIER CADENAS, venezolano, mayor de edad, hábil, soltero, domiciliado en la Carretera Nacional, Maracay- Mariara, hijo de la ciudadana CADENAS ELVIA DEL CARMEN, quien para la fecha del nacimiento del solicitante tenía 32 años de edad, y era titular de la Cédula de Identidad .....