III
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: LA CONFESIÓN FICTA, de la parte demandada en la presente causa, y en consecuencia PROCEDENTE la demanda que por Desalojo de Local Comercial, incoara los abogados JULIO CESAR BRICEÑO HERNANDEZ y HEIBORT HUMBERTO RAMOS REYES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 212.630 y 207.561 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana DOMENICA PENNACCHIA LOTITO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad N° V-7.194.103, según consta en instrumento de Poder Especial otorgado ante la Notaria Pública de La Victoria estado Aragua, en fecha 8 de abril de 2022, quedando asentado bajo el N° 37, Tomo 12, Folios 113 hasta el 115, en los libros de a.....