III
DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de Medida Innominada, solicitada por La ciudadana ANNELYCE RAFAELA ZAMORA POLACRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V 10.493.899, debidamente asistida por la abogada ANA TRINIDAD SALCEDO ÁLVAREZ, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.126.
En consecuencia de la Solicitud de Medida Cautelar de la parte actora este Tribunal DECRETA: Medida Innominada de Prohibición de emisión de declaración sucesoral por ante el SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA, (SENIAT) a fin de que dicha institución se abstenga de emitir la declaración sucesoral del de cujus, IDELFONSO JOSÉ OROZCO VERDE, quien en vida fuera venezolano,.....