Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: NO ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua de la presente demanda de desalojo de local comercial interpuesta por los ciudadanos ROSA CANDILIO PEREZ, GIUSEPPINA CANDILIO PEREZ, GIULIANA CANDILIO RAMONES, GIULIANI CANDILIO RAMONES, LUCIANO CANDILIO JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.269.278, V-7.228.577, V-4.355.821, V-16.129.921 y V-31.203.773 respectivamente, y ELIZABETH COROMOTO BELISARIO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.577.825, actuando.....