Por todas las razones supra indicadas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo; este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el Ciudadano ALEXIS ALFREDO ESCORCHA ARTEAGA, titular de la cédula de identidad Nro.12.995.820, y condena a la demandada SANITARIOS MARACAY C.A., de este domicilio, cuya Representante Legal es el ciudadano ALVARO POCATERRA, en su condición de Gerente Ejecutivo de la referida Sociedad Mercantil, debiendo cancelar la suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 1.388.096,75), por los conceptos demandados y por el cual éste Tribunal condena. Maracay, al primer día del mes de Febrero de 2007. Años: 196º de la Independencia y 147º.....