D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: LUIS ALFONSO AFONSO PERDOMO y SOBEYDA EMILIA PEREZ QUINTANA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedula de identidad Nros. V-8.736.350 y V-8.822.180 respectivamente, identificados en autos. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: Quince (15) de Febrero del año Mil Novecientos Noventa (1990), por ante la Prefectura del Municipio Zamora del Estado Aragua, hoy Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 29, de fecha 15 de Febrero del año 1990, en los libros resp.....