D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02 de junio de 2015; Exp Nro. 12-1163 y la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia y Paz Comunal en su Artículo 8° numeral 8, presentado presentado por la abogada, KENIA GLEIDYS GARCIA BERRUETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 164.591, con domicilio procesal en la Urbanización Francisco de Miranda, calle Venezuela, 04-19, Cagua, Municipio Sucre, estado Aragua, número telefónico: 0414-588.83.87, correo electrónico abgkeniagarcia@gmail.com, actuando en su carácter de Apodera.....