Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA DEMANDA incoada por la Abogado: MIRLA ARAUJO, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil: BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, en contra de la ciudadana: AGOSTINO GIULIVO, todos identificados ut supra, por EJECUCIÓN DE HIPOTECA.
Se ordena notificar mediante oficios, de la existencia del presente procedimiento al Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI), Banco Nacional de Ahorro y Préstamo (BANAP), la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, al Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (INDECU) del Estado Aragua, al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) de la R.....