Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN al desistimiento formulado por la apoderada judicial de la parte solicitante, en el Procedimiento de OFERTA REAL DE PAGO tiene incoado la ciudadana MARIA NANCY SANTIAGO. contra la ciudadana YELIS JOSEFINA VILET VILCHEZ, se procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada y ASÍ SE
Asimismo se ordena devolver el cheque original que se encuentran resguardada en la Caja Fuerte del Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Maracay, a los cinco (05) días del mes de Febrero del dos mil siete. Años 195° y 146°.
LA JUEZ,
ABG. MARY FERNANDEZ PAREDES
LA SECRETARIA
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