Se declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional interpuesta por el profesional del derecho, abogado LUIS EDGARDO RANGEL GIMÓN, en su carácter de defensor del ciudadano BRAIAN MARCOS DURÁN, en contra de la decisión del Tribunal Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, de fecha 27 de julio de 2005.