Por lo tanto, éste Tribunal Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los Ciudadanos JUAN DANILO RODRÍGUEZ GARCÍA Y MARILDA DEL CARMEN BRIZUELA, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-7.213.924 y V-8.784.397 respectivamente, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la PREFECTURA DE LA PARROQUIA EL VALLE, MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO FEDERAL, según acta de matrimonio N° 295, de fecha 11 de Agosto de 1989. Ofíciese lo conducente a la Prefectura de la Parroquia El Valle, Municipio Libertador del Distrito Federal y al Registro Principal del Distrito Federal, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.
Publíquese, Regístrese y D.....