SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a el (los) ciudadano (s): ARTURO RAFAEL LIMA QUINTERO, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y VIOLENCIA FISICA, PREVISTO Y SANCIONADO EN LOS ARTÍCULOS 40 Y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en donde figura como victima la ciudadana COROMOTO DEL VALLE PLAZA MARQUEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal.