D E C I S I Ó N
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con la Sentencia N° 1.070, dictada por La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de diciembre de 2016, presentado por la ciudadana, DANA BEATRIZ BELMONTE DE CHOPITE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.438.413, representada por la abogada, MAGDA YAKELINNE GUZMÁN ZAPATA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nro. 165.895, en contra del ciudadano, JESÚS ARMANDO CHOPITE HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.369.119. En consecuencia, se DECLARA DISUE.....