En base a los razonamientos antes hechos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de los ciudadanos FRANKLIN JAVIER CHACON RODRIGUEZ, JEFFERSON ENRIQUE AGUILAR RODRIGUEZ Y ALBER RICARDO MEDINA GARCÍA, venezolanos, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-17.703.181, V-18.266.916 y V-18.780.802, domiciliados el primero y el segundo en la calle Principal del Barrio 23 de Enero, N° 138, Maracay, Estado Aragua; y el último en el Barrio 23 de Enero, calle Altagracia, N° 27, Maracay, Estado Aragua, respectivamente; de conformidad con lo pautado en el 4° Cuarto del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Diarícese. Notifíquese al Fiscal. Regístrese la decisión. Remítase a Archivo Judicial Central en su oportunida.....