Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda que por DESALOJO, intentada por la ciudadana MARTINA ISABEL DE LA ROSA PERTRUZ, asistida en este acto por la Abogada YRLANDA ESTEVES, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 80.846, en contra de la ciudadana YANISE DE PEREZ, sobre el inmueble constituido por un ubicado en la urbanización Caña de Azúcar, Sector 8, vereda 03, numero 02, Municipio Mario Briceño Iragorry, en esta Ciudad de Maracay, Estado Aragua.-
En consecuencia quedan extinguidas las obligaciones que se deriven del contrato de arrendamiento, y se condena a la parte demandada a hacer entrega a la parte demandante, del inmueble antes identificado, completamente desocupado de bienes y personas.
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