Por las razones anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecido en el artículo 131 anteriormente señalado, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, con sede en La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción intentada, por los ciudadanos: LUIS ENRIQUE BERROTERAN ALVARADO, MARCOS ANTONIO CONTRERAS PIÑA, ALI SALVADOR GOMEZ NUÑEZ, y MARCIAL JOSE SANCHEZ APONTE, VENEZOLANOS, C.I. V-15.037.559, V-8.829.994, V-4.389.267 y V-10.344.792 respectivamente, condenándose a la parte demandada CONSTRUCTORA PEDECA, C.A., a pagar la cantidad de NOVENTA Y SEIS MILLONES SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs. 96.063.487,70). Se acuerda los Intereses de Mora y la Indexación Judicial, sobre las sumas condenadas, así como los Salarios Caídos, le corresponde desde el momento de la terminación d.....