DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano GERMAN HAROLD SUBERO OROPEZA, identificado con la cedula de identidad N° V-12.856.617, contra la ciudadana ZULEIMY COROMOTO IRIGOYEN SANTANA, identificada con la cédula de identidad N° V-14.297.460. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 9 de septiembre de 2006, por ante el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántaras del estado Aragua, asentada bajo el Acta Nº 257, Folio N° 313, Tomo 2B, Año 2006, asentada en los libros de Matrimonios llevados por el referido Registro.
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