Por todas las consideraciones antes expuesta este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA Administrando justicia y por autoridad de la ley Declara el Divorcio por Mutuo Consentimiento, de conformidad con lo establecido en las sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con carácter vinculante signadas con Nro. 693 de fecha 2 de junio de 2015, expediente número 12-1163, así como sentencia Nro. 1710 de fecha 18-12-2.015; EXP. 1085-15, ambas bajo la ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán; concatenado con lo que establece la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, sancionada por la Asamblea Nacional y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.913 del 2 de mayo de 2012, en su articulo 8 ordinal 8° para declarar el divorcio por mutuo consentimiento. Regístrese, Publíquese y déjese copia del presente fallo.-