DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en funciones de Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 561 literal d) y Artículo 615. ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, concatenados con los Artículos 48 ordinal 8°, 108 ordinal 7°, 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 103 del Código Penal, y por aplicación Supletoria del Artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA signada con el N° 2CA-1108-06, en contra del entonces adolescente: XXXXXXXXXXXXXXXX, por la presunta comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, tipificado en el Artículo 456 parte infine del Código Penal. En consecuen.....