Este Tribunal Primera de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Constata la OMISION FISCAL, no habiéndose presentado Acto Conclusivo alguno en el lapso legal correspondiente en el presente asunto. SEGUNDO: Acuerda PRORROGA EXTRAORDINARIA, a tales fines se ordena notificar al Fiscal de la causa y al Fiscal Superior, para que presente las Conclusiones de la Investigación, en un lapso no mayor de diez (10) días continuos ante este Tribunal. TERCERO: Por otra parte, en cuanto a la fijación de audiencia especial fijada para el dia 20/01/2017 se deja sin efecto, ya que se hace innecesaria.