ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano JORGE ALEJANDRO AGUDO AGUDO, titular de Cédula de Identidad, No Cedulado, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracay, de 28 años de edad, nacido en fecha: 26/12/1987; Soltero, Oficio Obrero, Domiciliado en: Barrio La Atascosa, Calle Bolívar, Casa numero 132, Palo Negro, Municipio Libertador, estado Aragua, Fue condenado en fecha: 9/03/2017, por el Tribunal de Primera Instancia, Primero de Control de este Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer, con Sede en Maracay, por la comisión de los delitos: de ACTOS LASCIVOS Y ROBO AGRAVADO. Previstos y sancionados en los artículos 45, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el agravante del artículo 458 del Código. Así mismo, se le participa que dicho Penado, en la Sentencia Condenatoria, ordena el traslado al Centro de Procesados 26 de Julio con Sede en San Juan de Los morros, estado Guarico. Ofíciese a la