Por virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de al presente causa, incoado por el ciudadano EBANDO RAFAEL ISACE, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº V-3.697.189, asistido por el abogado FREDDY REYES, Inpreabogado Nº 40.323, en contra del ciudadano ERNANDO FRANCISCO FIGUEROA, por INTERDICTO DE AMPARO A LA POSESIÓN, y se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que es el competente. En su oportunidad, désele salida en el libro correspondiente y remítase con Oficio al Juzgado antes mencionado.