Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN al reconocimiento de Contenido y Firma suscrito por los ciudadanos FRANCESCO LAURIANO LA MASTRA Y GIUSEPPINA LAURIANO LA MASTRA, ambos mayores de edad, de este domicilio, casado el primero y soltera la segunda, titulares de las cédulas de identidad N° 9.666.042 y 12.336.662 respectivamente. Se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y así se decide.- Devuélvanse los originales consignados.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en Maracay, a los veinticinco (25) días del mes de Mayo de dos mil diez (2010).- Años 200° y 151°.
La Juez
Abog. Mary Fernández Paredes
La Secretaria
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