Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Juez Unipersonal No.03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EN VINCULO CONYUGAL, contraído por los ciudadanos OSCAR ORLANDO TORRES HERNANDEZ Y MARIA JAQUELIN PEDRIQUEZ GARCIA, ya identificados en autos, en fecha 26 de Diciembre del año 1.992, por ante la Registradora Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, según acta de Matrimonio No.420.