Por las razones anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción intentada, por el ciudadano GUBER ALEXANDER HASTUDIA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.683.660, condenándose a la parte demandada ASOCIACIÓN CIVIL PROPIETARIOS MORICHAL, a pagar la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS ONCE BOLÍVARES FUERTES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs.F. 2.211,25); cantidad esta que comprende el siguiente concepto:
PRIMERO: Por concepto de DOMINGOS LABORADOS, de conformidad con lo establecido en el articulo 154 de la Ley Orgánica del Trabajo y 88 del Regla.....