En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción intentada, por el ciudadano RAMÓN ALEXIS BRICEÑO MARTÍNEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.019.986, condenándose a la parte demandada PASTELERIA Y CHARCUTERIA PAN DORADO, C.A, a pagar la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLIVARES CUARENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 38.483,42 ), SEXTO: El actor en su escrito libelar solicita se le pague cuatro domingos trabajados y que no le fueron cancelados de conformidad con el articulo 157 de la Ley Orgánica del Trabajo, y tal como se desprende la confesión del rebelde contumaz en el presente caso y por encontrarnos con una presunción iure et de iure, y estando la pretens.....