Vista las consideraciones anterior y en virtud de que el bien objeto de embargo ejecutivo fue declarado de utilidad pública, es por lo este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua con sede en La Victoria, en usos de sus atribuciones acuerda: Primero: Se declara IMPROCEDENTE lo solicitado por la co apoderada judicial de la parte actora Abogada MARILEN COLINA, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 101.124, en cuanto a la solicitud de librar cartel de remate, por las razones supra expuestas. Segundo: Levantar la medida ejecutivo decretada sobre el inmueble embargado ubicado en la población denominada el Tigre, carretera Nacional La Victoria-Colonia Tovar, propiedad de productos Asociados de Café Compañía Anónima (PACCA- Colonia Tovar), y la cual fue divididas en parcelas siendo el terreno objeto de embargo la ubicada en la Carretera Naciona.....