El Tribunal en vista que la transacción versa sobre derechos litigiosos y discutidos, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables al trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA el acuerdo de las partes, dándole efecto de COSA JUZGADA. Igualmente se acuerda agregar a los autos, copia fotostática del cheque, de la liquidación de prestaciones sociales y deja constancia que ha tenido a su vista por haberlo solicitado al Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en La Victoria, el expediente identificado DP31-S-2008-000049, de la nomenclatura de ese tribunal, habiendo constatado que efectivamente LA EMPRESA realizó la Oferta Real de Pago y la consignación en la señalada cuenta de ahorros a nombre del EL DEMANDANTE, e igualmente se ordena el cierre y archivo .....