Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA VICTORIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el procedimiento que por OFERTA REAL DE PAGO, sigue la Entidad de Trabajo INDUSTRIAS METALURGICAS VAN DAM, C.A. a favor de la parte Oferida ciudadano RAMÓN FERNANDO CEDILLO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.884.418. Así se decide y se declara.-
Regístrese, publíquese y una vez transcurrido un tiempo prudencial de cinco (05) días hábiles, ordénese el cierre y archivo del presente expediente y remítase el mismo al Archivo Judicial para su resguardo y custodia.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Inst.....