Visto lo anterior este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, en uso de sus atribuciones y en virtud de lo acordado y solicitado por las partes intervinientes en la presente causa, declara: PRIMERO: Acuerda la Homologación del Desistimiento del Procedimiento mas no de la Acción, en contra de los ciudadanos RAUL ERNESTO FORTE y PEDRO JULIO HERNANDEZ SCANNONE, up supra identificados, ello a los fines de garantizar los derechos irrenunciables del ex trabajador Rudy Pérez Tirado, titular de la cédula de identidad N° V- 14.390.059. SEGUNDO: Se acuerda la HOMOLOGACION DEL ACUERDO TRANSACCIONAL celebrado por las partes (Rudy Pérez Tirado y Corporación Ricambi C.A.), ya que de la revisión de su contenido se constata que el mismo cumple con las formalidades establecidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica del .....