Este Tribunal SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, en nombre DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA la INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA por motivo de PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS, intentada por el ciudadano CARLOS EDUARDO SALAVERRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.389.391, debidamente asistido de Procuradora de Trabajadores, contra la entidad de trabajo SERENOS LOS CEDROS C.A.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria, a los trece (13) días del mes de febrero del año dos mil diecisie.....